Juzgarán a 18 personas por estafa piramidal
La Audiencia Nacional concluye la instrucción del caso Generación ZOE
El Juzgado Central de Instrucción n.º 4 de la Audiencia Nacional ha propuesto juzgar a 18 personas por su implicación en una presunta estafa piramidal desarrollada a través de la entidad “Generación ZOE”. Según el auto, los hechos investigados podrían constituir delitos de estafa continuada, organización criminal y blanqueo de capitales. La trama habría captado cerca de cuatro millones de euros entre los años 2010 y 2011, afectando a más de un centenar de personas.
Dos de los investigados quedan exonerados provisionalmente, mientras que otros tres se encuentran en situación de rebeldía con órdenes de búsqueda activas. La Fiscalía y las acusaciones tienen ahora un plazo de diez días para presentar sus escritos de acusación.
Un modelo piramidal encubierto como formación en coaching
El juez detalla que la captación de fondos se llevó a cabo mediante la promoción de una supuesta escuela de liderazgo y desarrollo financiero. La organización ofrecía productos como membresías de larga duración, inversiones en criptomonedas y programas automatizados de rentabilidad. Los beneficios prometidos, calificados de “desorbitados” por el instructor, no procedían de actividad económica real, sino de las aportaciones de nuevos inversores.
Este tipo de operativa responde al modelo clásico de estafa piramidal, en el que los fondos de los últimos participantes se utilizan para pagar a los anteriores, generando una apariencia de negocio legítimo hasta el colapso inevitable del sistema.
Redes sociales y apariencia empresarial como gancho
La organización mantuvo una intensa actividad de captación a través de redes sociales, grupos de mensajería y campañas de marketing. Llegaron incluso a anunciar en junio de 2021 la supuesta adquisición de un club deportivo como reclamo de solvencia.
El auto sostiene que la estrategia comunicativa se orientó a proyectar una imagen de negocio fiable y en expansión, indispensable para mantener el flujo constante de nuevas aportaciones. Esta puesta en escena incluyó incluso pagos iniciales a inversores, lo que aumentó su confianza y favoreció la reinversión o la atracción de terceros.
Destino de los fondos: patrimonio y desvío internacional
De acuerdo con la investigación, el dinero captado no se destinó a inversiones reales, sino que fue empleado para gastos publicitarios, compras de inmuebles y vehículos de alta gama, reintegros en efectivo y transferencias al extranjero, especialmente a Andorra y Estonia.
El instructor señala que los fondos nunca fueron utilizados con la finalidad anunciada, sino para sostener una estructura piramidal y enriquecer a sus promotores. Estas prácticas se consideran propias de esquemas delictivos que persiguen beneficios patrimoniales personales, sin actividad económica subyacente.
Relevancia jurídica del caso Generación ZOE
Este procedimiento ofrece un ejemplo relevante del tratamiento penal de las estructuras piramidales en España. El Código Penal prevé en su artículo 248 la figura de la estafa, que se agrava en el artículo 250 cuando se realiza de manera continuada y afecta a un número elevado de víctimas. Asimismo, el artículo 570 bis regula el delito de organización criminal, aplicable a grupos estructurados con fines delictivos. Por su parte, el blanqueo de capitales se sanciona en el artículo 301, aplicable cuando los beneficios ilícitos son canalizados mediante operaciones para ocultar su origen.
