Derecho del menor a ser oído | Modificación de medidas acordadas en una sentencia de divorcio

Civil

El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho del menor a ser oído en un caso de modificación de medidas acordadas en una sentencia de divorcio. El proceso comenzó cuando Armando presentó una demanda de modificación de medidas contra Virtudes, solicitando un cambio en el régimen de visitas de su hijo y la custodia compartida. La sentencia inicial desestimó la demanda, manteniendo las medidas acordadas anteriormente.

Armando apeló esta decisión, y la Audiencia Provincial de Madrid amplió parcialmente el régimen de visitas, permitiendo que el menor pasara todos los jueves con pernocta con su padre, además de reducir la pensión de alimentos. Virtudes, en desacuerdo con esta decisión, interpuso un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Derecho del menor a ser oído

El Tribunal Supremo analizó el caso y encontró que, aunque el menor tenía la edad y madurez suficientes para expresar su voluntad, no había sido escuchado directamente en el proceso, lo que constituye una violación de su derecho a ser oído. Este derecho, consagrado en el artículo 92 del Código Civil y el artículo 9 de la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor, garantiza que los menores sean escuchados en cualquier procedimiento que les afecte, especialmente en asuntos relacionados con la custodia y el régimen de visitas.

La audiencia del menor tiene como objetivo indagar sobre su interés para protegerlo mejor

El Tribunal Supremo destacó que la audiencia del menor tiene como objetivo indagar sobre su interés para protegerlo mejor. En este caso, ni el juzgado de primera instancia ni la Audiencia Provincial habían proporcionado una justificación adecuada para no haber escuchado al menor. Por tanto, el Tribunal Supremo decidió anular la sentencia de la Audiencia Provincial y ordenó retrotraer las actuaciones para que se escuchara al menor antes de tomar una decisión sobre la modificación de medidas.

Importancia del derecho del menor a ser oído

En conclusión, el Tribunal Supremo reafirmó la importancia del derecho del menor a ser escuchado en procedimientos judiciales que afecten su bienestar, asegurando que su voz y sus deseos sean considerados adecuadamente.

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