Derecho de las pacientes de la sanidad pública a decidir sobre el destino de las células madre

Administrativo

El Tribunal Supremo ha emitido un fallo que reconoce el derecho de las pacientes de la sanidad pública a decidir sobre el destino de las células madre contenidas en la sangre del cordón umbilical, para su uso autólogo eventual. Esta decisión surge a raíz de la petición de una usuaria del servicio público de salud de Extremadura, que deseaba conservar la sangre de su cordón umbilical en un banco privado para un posible uso futuro en caso de enfermedad.

Resolución administrativa negativa

La resolución administrativa inicial había denegado esta solicitud, argumentando que la sanidad pública prioriza la donación de estas células para uso alogénico, es decir, para ser utilizadas por otros pacientes, y que reservarlas para un uso autólogo eventual no se alineaba con los principios de altruismo, solidaridad y equidad que rigen el sistema de salud.

Confirmación judicial del derecho de las pacientes de la sanidad pública a decidir sobre el destino de las células madre

Tras ser desestimada su petición inicialmente por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Mérida y luego por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, la paciente recurrió al Tribunal Supremo. Este último confirmó la sentencia del tribunal regional, afirmando que las pacientes tienen el derecho a conservar las células madre para uso autólogo eventual, siempre que se firme un acuerdo o protocolo entre el centro de salud y la entidad privada encargada de la conservación.

Fallo del tribunal

Las Comunidades Autónomas deben facilitar a las pacientes la opción de conservar sus células madre en un centro privado

El Supremo subrayó que, aunque las Comunidades Autónomas pueden decidir no ofrecer directamente este servicio, deben facilitar a las pacientes la opción de conservar sus células madre en un centro privado, sin que ello implique renunciar a los derechos de asistencia en la sanidad pública o verse forzadas a acudir al sector privado para el parto, lo que podría introducir discriminaciones basadas en la capacidad económica. En conclusión, el fallo asegura que los hospitales públicos deben suscribir los protocolos necesarios que permitan a las pacientes ejercer su derecho a la conservación de las células madre para uso futuro, respetando así la autonomía del paciente y la equidad en el acceso a los servicios de salud.

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