Dos años de prisión por estafa empresarial
Condena firme en Valencia
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a una directora financiera a dos años de prisión, multa de 1.620 euros y el pago de una indemnización de 154.536 euros más intereses por apropiarse de fondos de la empresa frutícola en la que trabajaba. La sentencia, dictada en junio, es firme tras un acuerdo de conformidad entre la defensa y las acusaciones.
Un fraude continuado
La resolución judicial considera probado que la trabajadora realizó 41 transferencias desde las cuentas de la empresa hacia las suyas propias, simulando pagos a la Agencia Tributaria. A ello se suma la emisión de 50 cheques y pagarés al portador, cobrados en su beneficio mediante la imitación de la firma del administrador de la mercantil.
La operativa fraudulenta se extendió entre 2017 y 2019 y solo se descubrió tras una auditoría interna que reveló importantes desajustes contables y fiscales.
Los delitos aplicados
El tribunal califica los hechos como delito continuado de falsedad en documento mercantil y delito de estafa agravada, en concurso medial. La falsificación documental fue el medio empleado para consumar el fraude económico, lo que permite aplicar conjuntamente ambas figuras.
La estafa resulta agravada porque la cantidad defraudada supera los 50.000 euros, límite establecido en el artículo 250 del Código Penal. Por su parte, la falsedad documental se encuadra en los artículos 390 y siguientes del mismo texto legal, que sancionan la alteración de documentos con trascendencia jurídica.
Acuerdo de conformidad y consecuencias
El acuerdo de conformidad, previsto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, implica que la acusada reconoce los hechos y acepta la calificación jurídica. Esto permite reducir la pena y agilizar el procedimiento judicial. En este caso, la condena de dos años de prisión abre la posibilidad de solicitar la suspensión de la pena, conforme a los artículos 80 y siguientes del Código Penal, siempre que se cumplan los requisitos de reparación del daño y ausencia de antecedentes.
