El Tribunal Supremo fija criterio sobre la justificación de las dietas

Administrativo

El Tribunal Supremo ha zanjado la controversia sobre quién debe acreditar la realidad de los desplazamientos y los gastos de manutención y estancia que se abonan como dietas a los empleados. Esta cuestión es clave para la exención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), ya que estos importes pueden quedar fuera de la base imponible siempre que se cumplan los requisitos legales.

¿Quién debe probar los gastos de dietas y desplazamientos?

La principal discusión radicaba en determinar si es el empleado quien debe probar que los gastos corresponden realmente a viajes y comidas por motivos laborales, o si es la empresa y, en última instancia, la Administración Tributaria, la que debe demostrar si estos pagos cumplen o no con los requisitos establecidos en la normativa fiscal.

Criterio del Tribunal Supremo sobre la carga de la prueba

En su resolución, el Tribunal Supremo mantiene la línea jurisprudencial ya establecida en sentencias previas. Según esta doctrina, es la Administración Tributaria, a través de la empresa, la que debe justificar que las cantidades abonadas en concepto de dietas y gastos de desplazamiento no cumplen con los requisitos exigidos para su exención en el IRPF.

Es decir, no es el trabajador quien debe aportar las pruebas directamente, sino que es la Administración la encargada de solicitar la información a la empresa para verificar o desvirtuar el carácter laboral de los desplazamientos.

El procedimiento ante el Tribunal Supremo

El caso llegó al Tribunal Supremo después de que la reclamación del trabajador fuera desestimada por el Tribunal Económico-Administrativo Regional y el Tribunal Superior de Justicia correspondiente.

El recurso de casación fue admitido con el objetivo de fijar un criterio jurisprudencial definitivo sobre esta cuestión. Durante el proceso, la Administración Tributaria se allanó al recurso, reconociendo que el criterio defendido por el recurrente coincidía con la doctrina del propio Tribunal Supremo, y que la posición inicial de la Hacienda Pública resultaba errónea.

Fallo del Tribunal Supremo sobre dietas y desplazamientos

En su sentencia, el Tribunal Supremo estima el recurso, anula la resolución impugnada y deja sin efecto la liquidación tributaria practicada.
Reitera que, en materia de dietas y asignaciones para gastos de locomoción, manutención y estancia, la Administración debe solicitar a la empresa la justificación correspondiente, sin trasladar esa carga probatoria al trabajador.

Además, el fallo no impone costas al no apreciar mala fe ni temeridad en ninguna de las partes.

Conclusión: Un criterio claro sobre las dietas en el IRPF

Con esta sentencia, el Tribunal Supremo consolida un criterio claro:
La carga de la prueba sobre la justificación de las dietas y gastos de desplazamiento corresponde a la Administración, que debe recabar la información de la empresa, y no al trabajador.

Este pronunciamiento supone una garantía para los empleados que reciben dietas y refuerza la seguridad jurídica en la aplicación de la normativa del IRPF.

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