El Tribunal Supremo permite a los vehículos VTC transportar mercancías

Administrativo

La sentencia del Tribunal Supremo en materia de transporte de mercancías mediante vehículos VTC.

El Tribunal Supremo, en su Sentencia de 5 de noviembre de 2024, ha resuelto que los vehículos de alquiler con conductor (VTC) pueden prestar servicios de transporte de pequeñas mercancías, incluso sin la presencia de pasajeros. La Sala de lo Contencioso-Administrativo fundamenta su decisión en la ausencia de una prohibición expresa en la normativa vigente sobre transportes terrestres, interpretando que dicha autorización es compatible con la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) y su reglamento.

Contexto normativo y disputa legal

El caso surge tras un requerimiento de la Comunidad de Madrid en 2020, dirigido a la empresa Prestige and Limousine, S.L. (del grupo Cabify), exigiendo el cese de su servicio “Envios by PyL”. La Administración autonómica sostenía que el transporte de mercancías por vehículos VTC violaba el artículo 99.2 de la LOTT, el cual prevé el transporte de objetos siempre que este sea accesorio al transporte de pasajeros.

No obstante, tanto el Tribunal Superior de Justicia de Madrid como el Supremo rechazaron esta interpretación, argumentando que el texto legal no limita la posibilidad de transportar mercancías exclusivamente en presencia de viajeros. Además, el reglamento permite transportar mercancías en vehículos ligeros (de menos de dos toneladas) sin necesidad de autorización adicional.

Fundamentos legales del Supremo

  1. Libertad de empresa y unidad de mercado
    El Supremo recuerda que cualquier restricción a la actividad empresarial debe justificarse en términos de proporcionalidad y necesidad, conforme al artículo 38 de la Constitución y la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de Garantía de Unidad de Mercado. La Comunidad de Madrid no presentó argumentos sólidos que justificaran su posición, lo que llevó a los magistrados a desestimar su recurso.

  2. Compatibilidad con las autorizaciones VTC
    La sentencia destaca que las autorizaciones VTC permiten tanto el transporte de equipaje como de otros objetos siempre que las características del vehículo lo permitan y no generen molestias injustificadas a los pasajeros. Además, al no exigirse que dichos objetos pertenezcan a los viajeros, la interpretación restrictiva defendida por la Comunidad de Madrid carece de sustento legal.

  3. Precedentes normativos y su aplicación
    La legislación vigente reconoce que ciertos transportes de mercancías realizados con vehículos ligeros pueden realizarse sin autorización específica. Así, el Supremo ratifica la validez de operar servicios como “Envios by PyL” bajo la cobertura de una licencia VTC, al no existir impedimento normativo que lo prohíba expresamente.

Implicaciones para el sector

La resolución consolida un precedente que favorece la diversificación de servicios en el sector de los VTC, ampliando su campo de actuación. Empresas como Cabify podrán desarrollar soluciones logísticas.

Por otro lado, esta decisión podría incentivar cambios regulatorios en algunas comunidades autónomas para delimitar con mayor claridad los alcances de las licencias de transporte. Sin embargo, cualquier reforma deberá respetar el principio de unidad de mercado y los derechos constitucionales, especialmente en lo relativo a la libertad de empresa.

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