El TSXG avala el teletrabajo como ajuste razonable para una profesora

Laboral

Reconocimiento judicial de la discapacidad y teletrabajo. Sentencia de 15 de enero de 2025.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha estimado la solicitud de teletrabajo presentada por una profesora funcionaria afectada por una discapacidad. Este fallo confirma la sentencia previa del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, desestimando el recurso de la Xunta. Según la resolución, la demandante padece dolencias, entre ellas patologías respiratorias, que implican evitar exposición a agentes infecciosos.

El servicio de medicina interna del sistema público de salud había recomendado la adecuación del puesto de trabajo. La Sala de lo Social resalta que, según las normativas de prevención de riesgos laborales, la Xunta tiene la obligación de garantizar estas adaptaciones para evitar cualquier forma de discriminación basada en discapacidad.

Deber de adaptación incumplido por la empleadora

La Sala critica la postura de la Xunta, señalando que no realizó esfuerzos para adaptar el puesto solicitado ni exploró alternativas posibles. Los magistrados subrayaron que la Xunta "se enrocó" en declarar la inaplicabilidad del teletrabajo sin proponer medidas de ajuste. Esta actitud infringe normas internacionales, europeas y nacionales que exigen igualdad de trato para personas con discapacidad.

La sentencia destaca que la funcionaria no está incapacitada para todo tipo de trabajo, sino únicamente para el desempeño presencial como docente. Por tanto, la obligación de adaptación debe incluir opciones de teletrabajo o incluso un eventual cambio de puesto.

Derecho fundamental vulnerado

El TSXG considera que este caso afecta al derecho a la integridad física y moral, protegido por el artículo 15 de la Constitución Española, en conexión con la prohibición de discriminación por discapacidad. La Sala avala la decisión del juzgado de instancia, enfatizando que la empleadora tenía pleno conocimiento de la situación médica de la demandante y de su solicitud de teletrabajo.

La resolución del TSXG no es firme, ya que permite a la Xunta interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. 

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