El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha dictaminado que la enfermedad de un trabajador no justifica un despido procedente si la empresa no ha hecho un esfuerzo significativo por reubicarlo en otro puesto de trabajo. La sentencia subraya la obligación del empleador de garantizar la protección específica de aquellos trabajadores que, debido a sus características personales o estado biológico, sean especialmente sensibles a ciertos riesgos laborales, según lo establece la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL).
La enfermedad de un trabajador no justifica un despido procedente | El fallo se sustenta en varios motivos clave para determinar
Este fallo destaca que la empresa tiene la responsabilidad de adaptar el puesto de trabajo del empleado afectado, o en su defecto, buscar alternativas de reubicación dentro de la organización antes de proceder a un despido por ineptitud sobrevenida. No es suficiente con alegar que el trabajador no es apto para desempeñar su función habitual; la empresa debe demostrar que ha agotado todas las posibilidades de adaptación del puesto de trabajo a las nuevas condiciones del trabajador.
Inacción de la Empresa
Además, la sentencia enfatiza que la carga de la prueba recae sobre la empresa. Esto significa que es la empresa la que debe acreditar, de manera indubitable, que no existen opciones viables de reubicar al trabajador o de adaptar su puesto actual a las limitaciones derivadas de su enfermedad. En el caso analizado, la empresa no logró cumplir con este requisito, limitándose a despedir al trabajador sin explorar previamente alternativas de adaptación o reubicación.
Discriminación por Enfermedad
El Tribunal también aborda la cuestión de la discriminación por razón de enfermedad. La sentencia declara nulo el despido al considerar que la empresa no proporcionó una justificación objetiva y razonable que desvinculara su decisión de la enfermedad del trabajador. Esta falta de justificación adecuada, unida a la inacción de la empresa en cumplir con sus obligaciones legales, llevó al tribunal a concluir que el despido fue discriminatorio.
Falta de Justificación Suficiente
En resumen, el fallo refuerza la idea de que el despido es siempre la última opción y que, antes de proceder a él, la empresa debe demostrar que ha intentado adaptar el puesto de trabajo o reubicar al trabajador, de lo contrario, el despido puede ser declarado nulo por discriminación.
